Defiende tu dominio

Vía meneame me entero del caso de Eduardo Perez:

En 1997 registré el dominio deusto.com. Ahora viene Planeta Agostini, propietaria de Ediciones Deusto, y mediante sus abogados me envía cartas y burofaxes diciendo que les transfiera el dominio porque tienen la marca “deusto” registrada. Ellos registraron la marca en el 2002.

El caso es que días después le pusieron una demanda en la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), lo malo es que la demanda ha sido aceptada.

He estado leyendo un poco la demanda, donde extraigo este parrafo:

En primer lugar, destacamos que DEUSTO es una marca notoria. La práctica decisoria del Centro de Mediación y Arbitraje de la OMPI mantiene (casos núms. 2000-0018, 2000-0140 y 2000-0162) que en el caso de marcas notoriamente conocidas el registro de un nombre de dominio equivalente a dicha marca es constitutivo de mala fe .

Me parece curioso que le acusen de Mala Fe, y me pregunto ¿Como se puede actuar de mala fe, al registrar un dominio en el año 97, 5 años ANTES de que se registrara la marca Deusto?, aunque yo no lo se, soy bastante inutil en estos temas, a ver si Javier me despeja mis dudas.

Sigo leyendo la demanda, y empiezo a dudar sobre Eduardo en este punto:

El demandado pudo haber elegido cualquier otro nombre para su web sobre libros y eligió precisamente una de las marcas (DEUSTO) de uno de los grupos editoriales más importantes de nuestro país: GRUPO PLANETA. Y, además, esa marca puede ser directamente relacionada con un tipo de libros de ámbito profesional, empresarial y técnico, cuando no es el único tipo de libros que vende a través de su web.
Esta utilización no puede ser casual cuando en la web deusto.com no sólo se ofrece información literaria y foros sino también libros gratis, libros digitales y libros jurídicos. Esto se pone de manifiesto nada más entrar en la web en cuyo encabezamiento se enuncian contenidos con sus correspondientes enlaces a páginas que directamente compiten con la demandante y su actividad.

Como ya he dicho, dudé de Eduardo. Igual en un principio tenía una web y al salir la marca Deusto, intentó beneficiarse del dominio que ya tenía registrado y por tanto, si estaría actuando de mala fe. Así que me fuí al Web Archive, cosa que la OMPI también podría haber hecho.

Solo teneis que ver, que años antes de crearse la marca Deusto, el la web de Eduardo, Deusto.com, ya había información sobre libros y se vendían libros (por afiliados).

¿Puedes ayudarle?

He preparado otra página (una wiki) en la que he puesto la respuesta estandarizada de la OMPI. Pero todos podéis entrar y cambiarla, modificarla y mejorarla. Sólo os pido registraros (lo siento, pero me tengo que proteger un poco de quién cambia qué, todos los cambios serán revisados). Lo podéis ver en:
http://wolfb.com/?q=respuesta-demanda 

Suerte Eduardo.



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  • 8 Comments so far

    1. Juan Carlos
      el 3 Febrero, 2006

      Mi duda es la siguiente:

      Si yo tengo una web llamada ‘midominio.com’ y no tengo registrada la marca Midominio, podría venir alguien registrar esa marca y luego quedarse con el dominio midominio.com? Si es así creo que muchos webmasters podríamos tener problemas.

    2. Ruben Colomer
      el 3 Febrero, 2006

      Pues no lo se Juan Carlos, pero según la demanda (si el recurso no prospera), parece que si, y el cybersquatting se podría dar al reves.

    3. Juan Carlos
      el 3 Febrero, 2006

      Me lo temía…. Supongo que cuando una web tiene un tráfico y una posición en Internet considerable, estas cosas hay que tenerlas en cuenta.

      En mi caso, se me adelantaron en el registro de midominio.es, yo tengo midominio.com y a los dos días recibi un mail en el que me ofrecían comprarlo. Lo primero que pensé fue: ‘Si tuviese registrada la marca podría reclamarlo, pero no la tengo….y si este tipo registrase la marca? Buf!’

      Yo ya estoy en ello, tarde o temprano la registraré.

    4. Copperfie
      el 3 Febrero, 2006

      A mí la única duda que me queda es si un .com (de ámbito internacional) lo pueden quitar tan fácil (temo que por ser ciudadano español sí, pero si fuera argentino no lo veo claro).

      Si fuera un .es la cosa estaría clara: se lo quitarían.

      El problema no es el registro de marca. Sino que efectivamente es una marca notoriamente conocida, y eso le da pleno derecho, aunque esta no esté registrada. Por poner el ejemplo clásico de la Universidad: si Cocacola no está registrada en España, si vas a registrar la marca Cocacola, según entras, sales.

      Deusto fue registrada en esa época, pero ya era muy conocida mucho antes (sobre todo por la Universidad que lleva su nombre, de gran prestigio internacional).

      Por cierto, aclarar que una marca no es intocable. De hecho si cualquiera de vosotros tiene una marca nacional, y yo quiero registrar la misma marca en un marco mayor (comunitario, internacional…), puedo registrarla perfectamente (y hacer uso de ella), a no ser que ejerzáis una oposición (pagando, claro está). No tiene mucho que ver con el tema, pero me aptecía mencionarlo (si con la marca te lo pueden quitar, sin ella es mucho más sencillo).

    5. Juan Carlos
      el 3 Febrero, 2006

      Muy aclarador Copperfie

    6. Javier Muñoz
      el 3 Febrero, 2006

      Gracias por tu sugerencia; he colgado un pequeño comentario al respecto en:
      http://www.iabogado.com/2006/02/deustocom-y-el-sndrome-de-la.cfm
      Un saludo.

    7. Ruben Colomer
      el 3 Febrero, 2006

      Gracias Javier, sabía que vereías ‘mi llamada’

    8. Alejandro
      el 9 Agosto, 2006

      Estudio Ing de Telecomunicaciones, como podria ayudarte?

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